La Constitución Española 1978 Esquema Segundo
Artículo 57, Título II de la CE de
1978:
"1.
La Corona de
España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón,
legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá
el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida
siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo
al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo
sexo, la persona de más edad a la de menos.
2.
El
Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que
origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás
títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de
España.
3.
Extinguida todas las líneas
llamadas en derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona
que más convenga a los intereses de España.
4.
Aquellas personas que teniendo
derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa
prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión
a la Corona por sí y sus descendientes.
5.
Las
abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el
orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley
orgánica."
Para
comprender la sucesión es conveniente comprender los conceptos de grado y línea.
Un grado, según el artículo 915 del Código Civil (Capítulo III del Título III
del libro III), lo forma cada generación, y la serie de grados forma una línea
(art. 916). La línea puede ser directa (ascendente o descendente) o colateral
(en la que los miembros que la forman no descienden unos de otros pero proceden
de un tronco común). Por ejemplo, Pilar, Juan Carlos, Margarita y Alfonso forman
un mismo grado, ya que son hermanos, y forman una línea colateral, pues no
descienden unos de otros (Margarita no desciende de Juan Carlos) pero forman
parte de un mismo tronco (todos son hijos de Juan de Borbón y Mg de las
Mercedes). Una línea descendente es, por ejemplo, la que forman Juan Carlos I,
Felipe y Leonor; la línea ascendente es justo la que se forma en dirección
contraria.
Sin
embargo, en el artículo 57 de la Constitución se habla de "línea anterior"
frente a "posteriores". Para comprender esto es importante tener presente que
"anterior" significa que precede en el lugar o en el tiempo. Así, por ejemplo,
teniendo en cuenta que "la sucesión en el trono seguirá el orden regular de
primogenitura" (es decir, que se reserva al primogénito del Rey y a sus
descendientes, de padres a hijos y nietos) la línea anterior (esto es, la
primera a considerar, la que precede a todas las demás) es la que forman todos
los descendientes de Juan Carlos I y Sofía. Dentro de esta línea, el grado más
próximo es el que forman Elena, Cristina y Felipe (de mayor a menor,
respectivamente), pero como, según la Constitución, se prefiere, dentro del
mismo grado, al varón frente a la mujer, el heredero a la corona es Felipe. A él
le seguirá su hija Leonor, la mayor de las hermanas, siempre y cuando Felipe y
Letizia no tengan en el futuro un varón, a menos que, en tal caso, se modifique
el artículo 57 de la Constitución, y detrás de ella,
Sofía
Si
no existiera posibilidad de sucesión a través de Felipe, la siguiente en la
línea de sucesión sería la mayor de las hermanas de éste, es decir, la Infanta
Elena y, posterior a ella, sus hijos Felipe Juan Froilán, primero, y Victoria
Federica, después. Si tampoco se pudiera suceder a través de Elena, la heredera
pasaría a ser Cristina, la hija menor de Juan Carlos y Sofía. Tras ella irían
sus tres hijos varones, Juan Valentín, Pablo Nicolás y Miguel, según la edad de
cada uno (el mayor primero), y finalmente Irene, no por ser la más pequeña, sino
por preferir la Constitución en este punto al varón frente a la
mujer.
Y,
para finalizar, si la sucesión por parte de Felipe, Elena y Cristina no fuera
posible, se tendría que abandonar la línea "anterior" para echar mano de las
posteriores, en cuyo caso la heredera pasaría a ser la hermana de Juan Carlos I,
Pilar de Borbón, y la línea a considerar la que forman sus descendientes, los
descendientes de sus descendientes, y así sucesivamente. Si se extinguieran
todas las líneas, según el artículo 57.3, las Cortes Generales proveerían "a la
sucesión en la Corona que más convenga a los intereses de
España".
Orden
actual de las líneas de sucesión:
1º
Línea de sucesión (Juan Carlos I y Sofía)
V
Línea de sucesión (Felipe y Letizia)
3º
Línea de sucesión (Elena y Jaime)
4º
Línea de sucesión (Cristina e Iñaki)
Jº
Línea de sucesión (Pilar y Luis)
6º
Línea de sucesión (Margarita y Carlos
Emilio)